Eslora MÁXIMA o TOTAL

La eslora máxima es la distancia longitudinal, medida en el centro del buque o crujía, desde el punto más saliente a popa hasta el más saliente a proa.

Eslora total para embarcaciones de recreo según el Reglamento de inspección y certificación de buques:

Distancia medida paralelamente a la línea de agua de proyecto, entre dos planos perpendiculares a la línea de crujía: uno de ellos que pase por la parte más saliente a popa de la embarcación, y el otro por la parte más saliente a proa de la embarcación. Se incluyen todas las partes estructurales o integrales como son proas o popas metálicas o de madera

Se excluyen todas las partes desmontables que puedan quitarse de forma no destructiva sin afectar a la integridad estructural de la embarcación, por ejemplo, palos o tangones, baupreses, púlpitos y otros extremos de la embarcación, elementos de gobierno, timones, motores fueraborda incluido soportes y refuerzos, transmisiones de motores dentro/fueraborda y propulsión jet, plataforma de buceo, plataformas de embarque, bandas de goma y defensas.

Tanto el Reglamento de inspección y certificación de buques como el Convenio de Líneas de carga de 1966 protocolo de 1988, definen “Eslora (L)“, del siguiente modo:

Se considerará igual al 96 por 100 de la eslora total en la flotación correspondiente al 85 por 100 del puntal mínimo de trazado medido desde el canto superior de la quilla, o la distancia existente entre la cara proel de la roda y el eje de la mecha del timón en esa flotación, si esta última magnitud es mayor.

En los buques proyectados con quilla inclinada la flotación de referencia para medir la eslora será paralela a la flotación de proyecto.

En los buques menores de 15 metros de eslora total, se podrá tomar como eslora (L) el 80 por 100 de dicha eslora total.

El centro del buque será el punto medio de la eslora (L).